La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) emite el Acuerdo No. 4-2025 de 17 de junio de 2025, "Por medio del cual se modifican los artículos 6 y 9 del Acuerdo No. 1-2011, que dictan lineamientos para la transparencia de la información por el uso de los productos y servicios bancarios".
Este nuevo Acuerdo introduce actualizaciones importantes a los artículos 6 y 9 del Acuerdo No. 1-2011, con el objetivo de fortalecer la transparencia en la información que los bancos deben proporcionar a los consumidores, especialmente en el contexto de ventas especiales o ferias promocionales.
Asimismo, el Acuerdo establece que las entidades bancarias deberán enviar un aviso reiterativo a sus clientes, con al menos dos (2) meses de anticipación, respecto al cobro de la comisión de renovación en préstamos hipotecarios. Esta medida busca garantizar que los consumidores estén plenamente informados sobre las condiciones de sus productos financieros y puedan tomar decisiones de forma consciente y oportuna.
El Acuerdo No. 4-2025 entrará en vigor el 2 de enero de 2026, dando así un plazo prudencial para que las instituciones bancarias realicen los ajustes necesarios para su debida implementación.
Con esta iniciativa, la SBP reafirma su compromiso con el fomento de prácticas bancarias responsables, transparentes y alineadas con la protección de los derechos de los usuarios del sistema financiero panameño.
Para obtener más información sobre el Acuerdo referido, visite nuestro sitio web www.superbancos.gob.pa, en la sección de Normativa.
