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Fusiones y Traspasos 2008

  1. Mediante Resolución S.B.P. No. 019-2008 de 18 de enero de 2008, se autorizó la fusión por absorción entre GTC BANK INC y BANEX INTERNATIONAL BANK CORP., a través de la cual queda GTC BANK INC. como sociedad sobreviviente.
  2. Mediante Resolución S.B.P. No. 031-2008 de 29 de enero de 2008, se autorizó la fusión por absorción entre GLOBAL BANK CORPORATION, INC., LEESPORT FINANCE, INC., DRAMEN INTERNATIONAL, INC., DONTOBAY HOLDING, INC., y DRABOX INTERNATIONAL, S.A., en la que GLOBAL BANK CORPORATION, INC. resultaría como sociedad sobreviviente.
  3. Mediante Resolución S.B.P. No. 035-2008 de 31 de enero de 2008, se autorizó a BANCO GENERAL, S.A. a asumir, mediante denominado Convenio de Fusión fechado 17 de diciembre de 2007, todos los activos, bienes, derechos, privilegios, facultades y franquicias, así como todos los pasivos y obligaciones de INVERSIONES FAR WEST, S.A., la cual dejará de existir en virtud del Convenio.
  4. Mediante Resolución S.B.P. No. 067-2008 de 3 de marzo de 2008, se concedió prórroga a BANCO UNO, S.A. y BANCO CUSCATLÁN DE PANAMÁ, S.A., hasta el 4 de junio de 2008, para protocolizar e inscribir en el Registro Público su Convenio de Fusión.
  5. Mediante Resolución S.B.P. No. 079-2008 de 19 de marzo de 2008, se autorizó el traspaso de ciertos activos y pasivos de BANCO AGRÍCOLA (PANAMÁ), S. A. a BANCOLOMBIA (PANAMÁ), S. A. para que una vez concluido dicho proceso se solicite la liquidación voluntaria de BANCO AGRÍCOLA (PANAMÁ), S. A.
  6. Mediante Resolución S.B.P. No. 093-2008 de 31 de marzo de 2008, se autorizó el traspaso de la totalidad de las acciones emitidas y en circulación que GRUPO CUSCATLÁN PANAMÁ, S.A. mantiene en BANCO CUSCATLÁN DE PANAMÁ, S.A. a favor de CITIBANK OVERSEAS INVESTMENT CORPORATION.
  7. Mediante Resolución S.B.P. No. 244-2008 de 26 de septiembre de 2008, esta Superintendencia resolvió dejar sin efecto la Resolución S.B.P. No. 180-2007 de 16 de noviembre de 2007, mediante la cual se autorizó a HSBC ASIA PACIFIC HOLDINGS (UK) LIMITED a adquirir no menos del 51.01% del capital accionario emitido y en circulación que LSF KEB HOLDINGS SCA mantiene en KOREA EXCHANGE BANK LTD.
  8. Mediante Resolución S.B.P. No. 140-2008 de 29 de mayo de 2008, se concede prórroga a BANCO UNO, S.A. y a BANCO CUSCATLÁN DE PANAMÁ, S.A., hasta el 4 de septiembre de 2008, para protocolizar e inscribir en Registro Público su Convenio de Fusión por Absorción. Mediante esta misma Resolución se concede prórroga a ambos Bancos, hasta el 6 de diciembre de 2008, para completar todos los actos conducentes a la formalización de la fusión por absorción desde el punto de vista jurídico, administrativo y operativo, en la que resultará BANCO CUSCATLÁN DE PANAMÁ, S.A. como sociedad sobreviviente.
  9. Mediante Resolución S.B.P. No. 210-2008 de 29 de agosto de 2008, se concedió prórroga a BANCO UNO, S.A. y BANCO CUSCATLÁN DEPANAMÁ, S.A., hasta el 4 de diciembre de 2008, para protocolizar e inscribir en el Registro Público su Convenio de Fusión por Absorción.
  10. Mediante Resolución S.B.P. No. 166-2008 de 30 de junio de 2008, se autorizó la fusión entre BANCO PANAMÁ, S.A. y SERVICIOS CENTENARIOS DE PANAMÁ, S.A. mediante el Convenio de Fusión fechado 23 de mayo de 2008, y en razón del cual sobrevivirá BANCO PANAMÁ, S.A.
  11. Mediante Resolución S.B.P. No. 199-2008 de 13 de agosto de 2008, se autorizó la fusión entre HSBC BANK (PANAMÁ) S.A. y PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A., mediante denominado Convenio de Fusión, y en virtud del cual el primero absorberá al segundo. Mediante Resolución S.B.P. No. 278-2008 de 28 de octubre de 2008, esta Superintendencia concedió prórroga a PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A. y HSBC BANK (PANAMÁ) S.A., hasta el 28 de febrero de 2009, para completar todos los actos conducentes a la formalización de la fusión desde el punto de vista jurídico, administrativo y operativo, así como para protocolizar e inscribir en el Registro Público el Convenio de Fusión.